Riesgos Profesionales

JESUS ES EL SALVADOR

CUIDA’OOO! En Colombia todo empleado debe estar amparado dentro de su contrato laboral por el Sistema General de Riesgos Profesionales (SGRP), que según la ley, “es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan”.

El SGRP forma parte fundamental del Sistema General de Seguridad Social Integral, creado mediante la Ley 100 de 1.993, pero es mediante el Decreto 1295 de 1994, que define de que manera funciona el SGRP en las empresas del país, además de dejar claro quienes conforman este Sistema; tales componentes son:

1) Las ARP  (Administradoras de Riesgos Profesionales, públicas y privadas).

2) Los empleadores y los trabajadores.

3) Los entes de control del sistema (Ministerio de Protección Social).

Ahora bien, los empleadores, trabajadores y entes de control tienen su parte vital en el Sistema, dado que sin uno de ellos sencillamente no habría cómo, ni a quien proteger ante un accidente de trabajo; pero las Administradoras de Riesgos Profesionales, conocidas como las ARP, son las encargadas de asesorar a las empresas o entidades comerciales en temas de prevención, y de generar programas que suministren apoyo para evaluar de mejor forma las instalaciones, los ambientes, los recursos, etc, con el fin de minimizar los riesgos que generen accidentes; y cuando éstos se presentaren, son las ARP las responsables de atender a los trabajadores lesionados por causas propias de su desempeño laboral. Dentro de los servicios a los que tiene derecho un trabajador cuando es víctima de un accidente o enfermedad laboral, están los siguientes que son de caracter obligatorio:

a. Atención médica, terapeútica y quirúrgica.

b. Hospitalización.

c. Atención odontológica.

d. Suministro de medicamentos.

e. Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.

f. Prótesis (Reparación o Reposición si hay deterioro o desadaptación).

g. Rehabilitación física y profesional.

h. Traslados necesarios para la prestación de estos servicios.

Independientemente de lo eficaz que sea el SGRP, y del profesionalismo de las ARP, es muchísimo mejor acatar las medidas preventivas mientras se trabaja, tener elementos protectores, cuidar posturas, caminar sin apuros, usar las barandas en las escaleras, en fin, tomar los recaudos necesarios para no sufrir un accidente laboral o una enfermedad profesional; vale bien el dicho: “antes de cruzar, mira para ambos lados”…