A la hora de liquidar los sueldos y confeccionar la nómina, a menudo se nos presenta la necesidad de tener en cuenta las horas extras o jornadas laborales superiores a la pactada entre los trabajadores y su empleador.
Antes de abordar de lleno el tema que nos ocupa, es importante recordar cuales son los términos por lo que entendemos como jornada laboral vigente y cuando se entiende por horas extras.
La Ley contempla un máximo de 48 horas semanales y de 8 horas diarias como jornada laboral vigente; todo tiempo laborado entonces fuera de este panorama serán consideradas como horas extras y deberán ser liquidadas especialmente como horas de trabajo suplementario.
Para liquidar las horas extras se tendrán en cuenta los siguientes parámetros:
- El reconocimiento del tiempo de trabajo suplementario se liquidará con un recargo del veinticinco por ciento (25%) sobre el sueldo asignado básicamente, si es diurno y con un recargo del setenta y cinco (75%) si es nocturno.
- Es importante aclarar que el reconocimiento de horas extras sólo procederá para aquellos empleos de nivel operativo. En ningún caso podrá pagarse más de 50 horas extras mensuales, y si el tiempo trabajado fuera de la jornada ordinaria supera dicha cantidad, el excedente se reconocerá en tiempo compensatorio, a razón de un (1) hábil por cada 8 horas extras de trabajo.
Requisitos:
El pago de horas extras se sujetarán a los siguientes requisitos:
- El trabajo suplementario deberá ser autorizado previamente por el Empleador o su representante o por quien haga sus veces, mediante comunicación escrita en la que se especifiquen las actividades que deban desarrollarse;
- El reconocimiento del tiempo de trabajo suplementario se hará por Resolución motivada suscrita por el ordenador del gasto o por quien este delegue.
Es importante destacar que para muchos trabajadores el importe recibido en concepto de horas extras forma parte de los ingresos mensuales tanto como los percibidos en forma básica,( sueldo asignado básico mensual) lo cual no es muy recomendable, ya que si las mismas dejan de realizarse también dejan de percibirse con la correspondiente merma en los ingresos familiares lo que causa importantes desequilibrios en la economía familiar; lo mejor es utilizar estos ingresos a medida que se van produciendo e invertirlos en productos o servicios temporarios y no fijos para evitar inconvenientes.