La Prima de Servicios no es más que un pago adicional al salario mensual que debe efectuarse dos veces al año, siendo el primero a mitad de año, con plazo hasta el último día hábil del mes de junio y el segundo antes de finalizar el año, con plazo máximo el 20 de diciembre.
La prima se calcula teniendo en cuenta el salario devengado dentro de los 6 meses que corresponden a cada una de las liquidaciones, es decir el promedio del sueldo en cada semestre.
En virtud de poder liquidar la prima y calcular el promedio salarial sobre el cual se calcula la prima de servicios, se deben sumar los ingresos recibidos por el trabajador en cada mes y luego se dividen por 6 o por la cantidad de meses trabajados si es que son inferiores a 6; es decir, si el salario se mantuvo igual, pues la prima viene siendo un pago igual en cantidad al salario trabajado, pero si el sueldo vario, entonces se hará una sumatoria de todos los pagos durante el mes y el promedio será el pago de la prima.
Pero que hacer cuando se trabaja menos de seis meses? pues el trabajador tiene igual derecho a recibir el pago de la prima; y se calculará sumando los sueldos recibidos independientemente si fueron estables o variables y el promedio se divide por 6, que es la cantidad de meses a liquidar así se haya laborado 3 o 4 o 5 meses; el promedio siempre será sobre 6 meses laborables.
Ahora bien, para practicidad del empleador, éste debería liquidar la prima internamente de forma mensual, para que cuando llegue la hora de pagar le cueste menos sacrificio responderle a su empleado con el pago al que tiene derecho por prestar sus servicios mediante contrato laboral…