Vacaciones en dinero

 vacas

Todos los empleados tienen derecho a tomarse vacaciones para poder descansar luego de su año laboral. Estas deben ser entregadas por el empleador en un momento acordado por el trabajador y el empleador, en función de un período convenido y durante como mínimo 15 días establecidos en el Código laboral para los empleados con un año o más de antiguedad laboral ó un proporcional para quienes tienen una antiguedad menor.

El objetivo principal de las vacaciones para un empleado, es que esta puede descansar, recuperar el agotamiento físico y mental de sus jornadas laborales y que además durante su período de descanso pueda omitir cualquier tipo de tarea relacionada a sus funciones laborales. Estas vacaciones deberán ser liquidadas con anterioridad a su salida.

Asimsmo, en muchos casos en los que el empleado cuenta con un número importante de días (sobre todo aquellos que tienen mucha antiguedad en su lugar de trabajo) el empleador ofrece a sus empleados la posibilidad de que tenga un período de vacaciones, y completar el período de sus vacaciones de manera paga, es decir abonando los dias.

Una cosa que hay que tener en claro es que lo que el empleador pague no logrará el descanso completo del empleado, ni le garantizará el descanso, con lo cual el derecho de rechazar la propuesta es parte del trabajador. En el caso que acepte, deberá tener en claro qué es lo que consigna la ley en este caso. Al respecto señala:

Compensación en dinero de las vacaciones.

1)Empleador y trabajador, podrán acordar por escrito, previa solicitud del trabajador, que se pague en dinero hasta la mitad de las vacaciones.

2)Para la compensación de dinero de estas vacaciones, en el caso de los numerales anteriores, se tomará como base el último salario devengado por el trabajador.

Asimismo, se podrán abonar en dinero las vacaciones de los empleados a los que se les haya terminado su contrato de trabajo, y no haya tomado el proporcional de vacaciones correspondientes durante su período de trabajo.

2 responses to “Vacaciones en dinero

  1. Buen dia, tengo una inquietud en la liquidacion de vacaciones en dinero cuando la persona continua laborando en la entidad, deben liquidar los dias calendario o los dias habiles.
    Agradezco su valiosa colaboracion y quedo atenta a sus comentarios.
    Atentamente,
    Patricia Quintero

  2. Buen día.

    tengo la misma inquietud de Patricia: Cuando a un empleado se le adeuda más de dos periodos compeltos de vacaciones y solicita que uno de esos periodos lo quiere tomar la mitad en descanso y la mitad remunerada, como se liquida?, se cuantan días festivos?

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