El trabajador tiene derecho a percibir además del salario básico una serie de prestaciones sociales que en algunos casos la carga es compartida entre este y el empreador.
Estos beneficios son:
- Salud (EPS): Mensualmente se paga una entidad el 12.5% del salario del trabajador, de los cuales el 8.5 lo paga el empleador y el 4% lo paga el empleado a través de un descuento en el recibo de sueldo.
- Pensión: Mensualmente se paga a la entidad el 15.5% del salario del trabajador, de los cuales el 11.625% lo paga el empleador y el 3.875% lo paga el empleador.
- Riesgos Profesionales (ARP): El porcentaje que paga cada empresa mensualmente a la aseguradora varia según la actividad economica de esta y las labores desempeñadas por los trabajadores, este porcentaje varia de 0.5% a 8.7% y es pagado integramente por la empresa.
- Horas Extras: Estas si bien no son parte de las prestaciones sociales es un cargo que que se debenga en favor del trabajador. El porcentaje que se paga por una una hora extra depende del horario de la prestación del servicio. En horarios diurnos este porcentaje es el 25% adicional al valor ordinario de la hora de trabajo, y para las jornadas nocturnas este porcentaje se incrementa al 75% del valor ordinario de la hora de trabajo. Los trabajadores que tienen un salario integral no gozan de este beneficio.
- Vacaciones: Este es un beneficio anual que gozan los trabajadores, por el cual estos gozan de 15 dias hábiles anuales remunerados.
- Prima de Servicios: Este concepto lo paga el empreador semestralmente y consta de un salario de 30 días por año.
- Cesantias: Corresponden a 30 días por año tienen los trabajadores y tienen un interes que se liquidan ambos conceptos el 31 de diciembre de cada año. Este concepto no es aplicado a los salarios integrales.
que informacion tan mal dada… como se les ocurre publicar semejante bestialidad… como dicen que ese es el porcentaje de se paga por pension….y miren bien que es lo que escriben… aparte de que estan mal los porcentajes… no especifican quien se encarga de los porcentajes amobos dice que los paga el empleador… pobres criaturas que se hayan guiado de esta informacion…
Deseo saber como era colombia en materia de
prestaciones sociales antes de la ley 6 de 1945