Subsidio de Desempleo

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En ocasiones nos encontramos con la triste realidad de haber perdido nuestro trabajo; no hay situación que cause mayor desazón e incertidumbre ante la falta de ingresos para el sostenimiento del hogar.

Por caso existe en la actualidad un auxilio otorgado por las Cajas de Compensación Familiar que por única vez otorgan a los jefes cabezas de hogar un subsidio destinado a mejorar las condiciones de vida de la población sin empleo para pagar algunas necesidades básicas hasta la aparición de un nuevo empleo.

Actualmente este beneficio es de $745.350, dividido en seis cuotas mensuales de $124.225, que son distribuidos en bonos para alimentación, educación o aportes a salud.

Según la ley, este subsidio se entrega a quienes tengan personas a su cargo, han perdido su empleo y estuvieron afiliados a una Entidad Promotora de Salud (EPS) o a una Caja de Compensación, durante (12) doce meses seguidos o discontinuos, aunque si nunca se ha afiliado no es necesario hacerlo, simplemente se debe hacer la solicitud; quienes si lo hayan estado en los tres años anteriores, tendrán que completar un formulario donde demuestren a qué entidad estuvieron adscritos.

Sin embargo, es importante aclarar que a esta ayuda no pueden acceder los colombianos que:

  • Hayan sido beneficiarios anteriormente,
  • Los que están en proceso de un plan de retiro voluntario,
  • Quienes han sido despedidos por conductas delictivas,
  • Los servidores públicos y funcionarios de elección popular o período fijo.

Tampoco cubre a los ciudadanos que cumplen con los requisitos para pensionarse por jubilación, invalidez, vejez o sobrevivencia.

El otorgamiento del subsidio se realizará en estricto orden, según la radicación de las solicitudes y la disponibilidad de recursos destinados para tal fin; En caso de subsidios para desempleados con vinculación previa a una caja de compensación la demora es de un mes aproximadamente; si por el contrario no existe una afiliación anterior, se entra a una lista de espera que se resuelve de acuerdo a los fondos disponibles.

Es importante aclarar que una vez que se encuentra trabajo, este beneficio será suspendido temporalmente; si la persona recibió una o varias cuotas y encuentra trabajo nuevamente, el subsidio se inactiva; en el caso que otra vez quede desempleado, podrá solicitar las cuotas restantes, siempre y cuando cumpla con todos los requerimientos .

Según el Decreto 2340 en su artículo 16, las razones que originan la pérdida de este subsidio son:

  • El llamado a servicio militar obligatorio,
  • Una condena penal con privación de la libertad,
  • Fallecimiento
  • Presentación de documentos falsos, además de la consecución de trabajo u otra forma de remuneración laboral.

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