Se acaba de sancionar por el Ejecutivo, la ley que evita los abusos laborales contra los trabajadores de servicio doméstico.
Dicha ley evita los abusos laborales, define la edad mínima para trabajar y establece las condiciones que deben tener los contratos y la información a los empleados cuando trabajan internos, externos o por días.
El ministro de Trabajo, Rafael Pardo, afirmó que en Colombia son cerca de 750 mil personas las que cotidianamente realizan este trabajo. “Para todas las personas que trabajan en labores se amplía la protección. En el caso de las mujeres se exigirá que les apliquen las normas de maternidad que se encuentran en el Código del Trabajo“.
Esta herramienta permitirá igualar las condiciones laborales de estas personas a las de cualquier trabajador formal; con la puesta en marcha de la norma, las personas que hacen parte del servicio doméstico conocerán sus condiciones de empleo, a saber:
- tipo de trabajo a realizar,
- remuneración
- horas de trabajo (cuatro horas continuas y hasta 10 horas diarias).
Igualmente, con esta iniciativa, aparecen nuevos beneficios, como ser:
- períodos de descanso : domingos y días festivos
- vacaciones anuales pagadas: el empleador debe conceder 15 días hábiles consecutivos y remunerados por cada año de servicio;
- También el empleador está en la obligación de afiliar a sus trabajadores a seguridad social en salud.
En materia pensional, la situación de los trabajadores domésticos ha sido crítica; en 2011 se reportó que solo el 12,8% de los trabajadores domésticos eran cotizantes activos, se estima que con la nueva ley el número de personas protegidas será mayor.
Otro de los beneficios que ofrece esta ley es en cuanto a la dotación de vestido y calzado de labor, que se dará cada cuatro meses de forma gratuita (un par de zapatos y un vestido de labor), así como la terminación del contrato sin justa causa.