Cesantias 2013

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Las cesantías son una prestación social que todo empleador debe reconocer a sus trabajadores con el fin de que éstos puedan atender sus necesidades primarias en caso de quedar cesante (pérdida de trabajo).

Constituyen una forma de ahorro obligatoria; no dependen del tipo de contrato (a término fijo o indefinido), todo trabajador tiene derecho a ellas y son una forma de seguro de desempleo.

Legalmente, equivalen a un mes de salario por año trabajado y aplica tanto para la empresa privada como a los organismos públicos.

Estos recursos también pueden destinarse a financiar vivienda o educación superior; al finalizar cada año, el valor liquidado no se entrega al trabajador sino que se consigna en un fondo de cesantías, que administra los recursos y obtiene rentas, cuyos intereses son entregados al inicio de cada año a los afiliados.

El Fondo de Cesantías es elegido libremente por el trabajador y cuando se termina el contrato de trabajo se paga directamente al trabajador y no al fondo, siendo la fecha límite de consignación de las cesantías a los Fondos, el 15 de febrero de cada año.

A propósito del fondo de cesantías, el ministro del Trabajo, Rafael Pardo, había anunciado hace unos días que se radicó ante el Senado de la República, un proyecto de ley con las condiciones que aplicarían para un seguro de desempleo que busca garantizar la protección a las personas que se quedan sin trabajo cuyo mecanismo, según el ministro Pardo, de ser aprobado, hubiera funcionado de la siguiente manera: el 50% de las cesantías del trabajador seríá redireccionado a una cuenta individual que funcionaría con aportes mensuales hechos por el empleador, el otro 50% seguiría funcionando como hasta ahora, es decir la empresa tendría que consignarlas anualmente al fondo de cesantías escogido por el empleado.

Con esos recursos, cuando la persona pierda el empleo comenzará a recibir mensualmente un porcentaje del salario que ha recibido durante los últimos 12 meses. Este ingreso será decreciente durante este periodo, por lo que cada mes la suma que recibirá será menor a la recibida en el mes inmediatamente anterior.

No obstante es importante aclarar que el proyecto  al entrar  a debate en el Senado, a sufrido un cambio muy sustancial; en efecto el manejo y uso de las cesantías continuarán como han venido funcionando hasta ahora,  en lugar de enviar a una cuenta individual el 50% de ellas como indicaba el proyecto.

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O sea que si así lo dispone el trabajador, se podrán utilizar para la compra y mejoramiento de su vivienda o destinarlas para solventar su educación superior.

Los desempleados que no tienen para cubrir estos seis meses, van a recibir una prestación de un fondo solidario que se creará con los recursos que hoy manejan las cajas de compensación y con algunos recursos adicionales que cubrirían las cotizaciones a salud y pensión. También contempla seguir pagando el subsidio familiar para quienes lo estén recibiendo.

El propósito es que estas personas, cuando queden desempleadas, tengan la posibilidad de entrar a hacer parte del Servicio Público de Empleo, que ya se está implementando y que permitirá incluir las hojas de vida en ese sistema y aplicar a las vacantes que se presenten en el sector público y privado.

Al tiempo, estas personas comenzarán a ser capacitadas por el SENA para mejorar sus probabilidades de inclusión al mercado laboral.

Según estudios laborales, en Colombia el periodo promedio de desempleopor este tiempo es cercano a los seis meses, por eso,  se toma ese tiempo como el vigente de la prestación. Se trata de que antes de ese tiempo, el cesante se reintegre al sistema laboral.

Finalmente, el ministro Pardo dijo que se espera que el Congreso apruebe en la segunda legislatura esta ley para que entre en vigencia en el 2013.

 

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