Eliminación del Ahorro obligatorio de cesantías

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Una noticia que, sin duda, será bien recibida por las centrales sindicales y los trabajadores, que se habían opuesto a la iniciativa ,  es que la propuesta del Gobierno de congelar obligatoriamente la mitad de las cesantías para ser utilizadas cuando el trabajador perdiera su trabajo, se cayó en el Congreso.

El proyecto de ley presentado por el ministro del Trabajo, Rafael Pardo, a entrar  a debate en el Senado, a sufrido un cambio muy sustancial; en efecto el manejo y uso de las cesantías continuarán como han venido funcionando hasta ahora,  en lugar de enviar a una cuenta individual el 50% de ellas como indicaba el proyecto.

O sea que si así lo dispone el trabajador, se podrán utilizar para la compra y mejoramiento de su vivienda o destinarlas para solventar su educación superior.

No obstante, se aprobó que los asalariados que pierdan su trabajo reciban de manera temporaria un subsidio que le permita abonar sus aportes a pensiones, salud y afiliación a las cajas de compensación, que se calcularán en base a un salario mínimo.

El proyecto, que no obstante ahora pasará a la Comisión Séptima de la Cámara para tercer debate, mantuvo el servicio público de empleo, la capacitación de trabajadores que no encuentren manera de insertarse en el campo laboral y la creación de un mecanismo voluntario de ahorro en base a un porcentaje de las cesantías.

Cabe aclarar que las cesantías constituyen, en Colombia una prestación social que todo empleador debe reconocer a sus trabajadores, con el objetivo de que éstos puedan atender sus necesidades primarias en caso de quedar sin empleo o cesante.

Al finalizar cada año, el valor liquidado no se entrega al trabajador sino que se consigna en un fondo de cesantias que administra los recursos y obtiene rentabilidades, cuyos intereses son entregados al inicio de cada año a los afiliados.

 

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